Cada vez notamos más que entidades profesionales de recobros se lanzan a reclamar pequeñas cantidades de dinero de deudas impagadas por préstamos o tarjetas de crédito sin el más mínimo esfuerzo por probar la realidad de la deuda y sin incurrir aparentemente en riesgo alguno de tener que soportar la condena en costas (gastos de abogado y procurador) ante una eventual desestimación de la demanda, ya que no es obligatoria su intervención.
Estos fondos buitres profesionales, provistos de abogados en nómina, se aprovechan de la ignorancia y el miedo de los ciudadanos que, al verse demandados prefieren pagar deudas pequeñas, aunque sean infundadas, para evitar el coste que puede implicar su defensa y el trance de verse en un litigio.
Pero en esta ocasión a LIMITE 24, S.L. no le ha salido bien la estrategia, ya que el Juzgado de Primera Instancia Núm. 17 de Las Palmas ha desestimado su demanda presentada contra nuestro Cliente, que no va a tener que pagar la cantidad alguna y, lo más importante, aprecia la TEMERIDAD de LIMITE 24, S.L. al reclamar judicialmente una deuda sin aportar la más mínima prueba de la deuda, lo que conllevará la obligación de tener que pagar a nuestro Cliente las costas, resarciéndole de los gastos incurridos por su defensa en el procedimiento.
Animamos a todos aquellos a los que le reclamen una deuda que se pongan en contacto con nosotros para asesorarles sobre sus posibilidades de defensa, y eviten ser víctimas de los abusos de entidades financieras y de crédito. Pida su cita llamando al 800 888 522.
Puede consultar la Sentencia Juzgado de Primera Instancia Núm. 17 de Las Palmas, de 24 de septiembre de 2020 (LIMITE 24, S.L.) pinchando en el enlace.